Aspectos legales
La Ley de Derechos Educativos de la Familia, del Congreso de
los Estados Unidos (1974) conocida comúnmente como la Enmienda Buckley, dispone
una serie de regulaciones las cuales nos proponemos resumir. Es de
suma importancia que todo maestro esté consciente de dichas regulaciones porque
pueden verse afectados legalmente.
Confidencialidad de
los resultados de las pruebas:
Bajo ninguna circunstancia los maestros pueden hacer público
los resultados de las pruebas de los estudiantes, excepto en casos de referidos
a psicólogos, trabajadores sociales u otro personal relacionado en situaciones
que sí lo ameritan porque la misma conlleva la seguridad y el bienestar de éstos.
En casos de referidos se requiere autorización por escrito de padres o encargados
o de los estudiantes, si estos son mayores de edad.
Corrección de las
pruebas debe ser tarea exclusiva de los maestros.
No es ético ni legal que las pruebas sean corregidas por
otros estudiantes o personal de la escuela. En algunas ocasiones existe la
práctica por parte de maestros en utilizar estudiantes sobresalientes en la
clase para que le ayuden a corregir exámenes, quizás con el fin de reducir la
carga de trabajo del profesor más que por las consideraciones de índole didáctica
que conlleva esta tarea. En caso de enfermedad o situación particular que
impida al maestro corregir la prueba, debe mediar la autorización del principal
de la escuela, para facultar a un personal competente en la materia de
enseñanza y con la debida autorización del maestro, para estos fines.
Corrección a los
alumnos debe ser privada.
Si se hiciera público ante los demás estudiantes de la
clase, debe procurarse primero por el consentimiento
del o (la) estudiante. Esto sucede en muchas ocasiones en que los maestros
corrigen faltas de los estudiantes, frente a la clase, sean éstas de índole
académica como palabras mal escritas o de índole disciplinarias. Lo propio es
hacer las debidas correcciones en forma reservada entre maestro, estudiante, o
encargado.

Al entregar las
notas:
o No informarlas en alta voz siguiendo el orden alfabético o
entregarlas siguiendo el orden en que quedaron las puntuaciones obtenidas,
porque así todos pueden saber que los últimos en ser llamados corresponden a
las puntuaciones más bajas en la clase.
o Evite que otros alumnos observen y conozcan las notas de
sus compañeros. Procure doblar el papel de examen de tal modo que no se vea la
calificación obtenida.
o No colocar una lista de notas en tablones de edictos por
nombres, códigos, u orden numérico.
Aspectos éticos
· ° Proveer una prueba válida y confiable – asegurar
que la prueba mida lo que se supone que deba medir.
· °No asignar un material o información que usted
como maestro sabe de antemano que no va estar incluido en el examen.
· °Mantener igualdad de condiciones entre todos los
estudiantes al proveer información y al administrar la prueba. Asegúrese que los
criterios de medición y evaluación sean similares para todos los alumnos.
· °Cuidado con los repasos previos a la prueba,
porque no es ético dejarle saber a los estudiantes las preguntas exactas de
cómo vienen en la prueba.

· °Saber separar lo académico de lo disciplinario y
no utilizar las puntuaciones o valor de la prueba, ya sea para reducir o
aumentar, para efectos de recompensar o castigar. Se ha dado la situación de
maestros que le reducen puntos del examen a los estudiantes por su comportamiento
en la clase o durante la contestación de la prueba; o por el contrario,
aumentar la puntuación por el buen comportamiento del alumno.
· ° La evaluación de informes orales debe, al igual
que las pruebas, hacerse confidencialmente entre maestros y alumnos. Una vez
que él (la) estudiante finalice su informe, entonces procure notificar
personalmente al alumno (a) de acuerdo a los criterios de medición y evaluación
previamente establecidos.
A continuación se presenta un enlace de un vídeo:
http://mediacampus.cuaed.unam.mx/node/85







